LEGISLACÍÓN PENAL Y DELITOS DEL ODIO
PRECEDENTES
La sentencia del
Tribunal Supremo absolviendo a Ediciones Nueva República, Librería Kalki y CEI,
junto con la sentencia del Tribunal Constitucional legalizando el revisionismo (o sea
poner en duda la versión oficial de los vencedores sobre la II Guerra Mundial)
y la imposibilidad de cerrar la Librería Europa, era evidente que iba a
provocar un cambio de legislación que se adaptara a las ordenes del sionismo
internacional, que para algo son los que gobiernan de verdad el mundo.
La absolución
del Tribunal Supremo se basaba sobretodo en dos aspectos esenciales:
- Editar libros de otras épocas en los que el lenguaje no es el ‘políticamente correcto’ de hoy en día no es delito mientras el editor o distribuidor no asuma esas partes ‘ilegales hoy’ como propias, las apoye o proponga como actuales. De lo contrario la mitad de la literatura mundial iba a tener que desaparecer (cosa que sin duda desearía el sionismo).
- Para provocar ‘odio’ es preciso no sólo el insulto sino una manifestación de acción o discriminación. Si no es así estamos ante un tema de ‘insultos’, no de "promover odio".
El
Constitucional por otro lado ha dejado claro que la opinión histórica debe ser
libre, intentar prohibir una opinión histórica convierte lo ‘histórico’ en
‘religión de Fe’. Los medios sionistas logran en muchos países que su versión
disparatada de la II Guerra Mundial sea una Religión de obligada creencia, una
declaración de Fe de la nueva religión sionista-democrática, y quiere castigar
como ‘herejes’ a los revisionistas.
Y por último
aunque se logró condenar a Pedro Varela (debido a que la Sentencia del Supremo
fue posterior a su juicio y condena) la
ley no permitía condenar a personas jurídicas (la librería Europa en sí misma)
y por tanto cerrarla como querría la democracia asesina que nos desgobierna.
Ante todo no hay
que sorprenderse de ello. El ‘Derecho’ siempre ha sido un arma del Poder, no un
instrumento de la ‘Justicia’.
No sé si sabe la
mayoría que durante la guerra y ocupación de Irak en 2003, los Estados Unidos,
al conocerse las torturas y violaciones de sus soldados, los excesos en las
prisiones de Guantánamo, etc., emitieron un comunicado dirigido a la comunidad
internacional en el que decían que no consentirían que ninguno de sus soldados
fuera juzgado por crímenes de guerra ni torturas.
Ya en 2002 el gobierno
estadounidense había conseguido una resolución del Consejo de Seguridad de
NN.UU. por la que se eximía a las fuerzas estadounidenses de la jurisdicción de
la Corte Penal Internacional por crímenes de guerra, genocidio, o crímenes de
lesa humanidad cometidos en relación con operaciones de la ONU establecidas o
autorizadas.
La impunidad no se garantizaba
solo a los soldados estadounidenses sino también a los mercenarios y empresas
contratadas para la guerra, es decir, al sector privado. Israel hizo lo mismo y
nunca ha permitido que se juzguen sus crímenes por esos llamados ‘Tribunales Internacionales' que
son una risa de parcialidad e hipocresía.
En octubre 2013, la Unión Africana
protestó por que siempre se juzgan en esos ‘tribunales internacionales’ montados por
USA-Sion a los dirigentes africanos e islámicos pero no a los del resto de
Asia, Israel y USA, Sudamérica, etc., y reclamaban inmunidad para los
africanos. Pobres, no han entendido que
precisamente por ser débiles o vencidos se les juzga sin problemas. Los
genocidios y guerras de regímenes fuertes jamás serán juzgados.
Así pues debe quedar claro que
escandalizarse porque las leyes sean injustas o sean parciales es algo que
demuestra no conocer la democracia en sus fundamentos:
1-
Su hipocresía: la democracia es la careta hipócrita de la
dictadura de la finanza, y basa una buena parte de su poder en la mentira y la
farsa, impuesta por su dominio de los medios de información de masas
convertidos en empresas del Mercado.
2-
Quienes mandan realmente en la democracia no son los políticos,
meras marionetas, sino la finanza internacional, los usureros (y dentro de éstos sobresalen los grupos sionistas) .
Racismo legal y crímenes de lesa humanidad
convalidados por el sistema oligárquico transnacional.
LA NUEVA LEY GALLARDON
La nueva ley
pretende solucionar estos temas, pero manteniendo la hipocresía típica de la
democracia.
Su actuación
muestra dos influencias distintas entre los grupos NS y NR:
1- Su principal problema es que genera un cierto ‘miedo’ (a menudo
excesivo e irracional) en muchos camaradas sobre todo por los comentarios que
la prensa hace de ese redactado, comentarios destinados a asustar y propagar la
idea de que se va a prohibir todo.
2- El redactado de la Ley es correcto en casi todo (con algunas excepciones
que analizaremos y que posiblemente sean anti constitucionales), si no fuera
porque la ‘interpretación’ de la ley cae en manos de unos tribunales
politizados en gran parte y siempre presionados por el poder y la prensa. Eso
genera una cierta indefensión al no estar claras algunas interpretaciones
esenciales.
Ante todo debe
quedar claro que el Nacionalsocialismo es legal, sigue siéndolo y lo mismo el
revisionismo, dudar o negar cámaras de gas o historias apoyadas por los
vencedores de la II Guerra Mundial. Solo que su expresión debe cuidar “no promover o favorecer un clima de violencia,
hostilidad, odio o discriminación”.
Y ahí está el
problema de la interpretación judicial.
Tampoco prohíbe
la ley alabar a Hitler o leyes y actos del III Reich siempre que esas opiniones
positivas no se refieran a delitos de genocidio cometidos por ellos. O sea que
se deje claro qué es lo que se enaltece o alabe y no se pueda referir en global
a hechos que hoy serían delictivos.
Pues la Ley
indica:
“b) Quienes enaltezcan o justifiquen por cualquier medio de expresión
pública o de difusión los delitos que hubieran sido cometidos contra un grupo,
una parte del mismo, o contra una persona (...)".
Lo penado es pues enaltecer
los delitos, no otras actuaciones o
méritos de personas o regímenes. Es evidente en este sentido que apoyar la
política soviética sobre la religión sería delito, apoyar la política
democrática sobre la limpieza étnica en Pomerania y Silesia en 1945 sería
delito, apoyar la política del III Reich en el tema judío sería delito.
En realidad es algo justo, como
digo, si se interpreta como tal, de forma rigurosa y razonable, pues todo
fomento del odio a una raza, pueblo o religión es siempre negativo y debemos
rechazarlo.
Tampoco está mal redactado el tema revisionista, que
en modo alguno lo prohíbe, pues no podría prohibirlo dada la sentencia del
Constitucional.
La ley dice que se prohíbe:
e) Quienes nieguen, hagan apología, o trivialicen gravemente los delitos de genocidio, de lesa humanidad o contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado (…)”
Pero esto sólo y exclusivamente:
“Cuando de este modo se promueva o favorezca un clima de violencia,
hostilidad, odio o discriminación contra los mismos”.
Una vez más si fuera bien interpretada la ley es justa,
pues quien use el revisionismo para fomentar o favorecer el odio contra una
raza o pueblo, etc., hace un uso infecto del revisionismo, cuyo objetivo es la
Verdad, no el uso político antisemita, ni siquiera negar el dolor y las
víctimas inocentes que realmente hubieron, ningún revisionista niega que el
trato que los judíos recibieron en la II Guerra Mundial fue un delito de
Genocidio según las leyes actuales españolas.
Por tanto un texto revisionista negando la
existencia de las cámaras de gas de exterminio, y la orden de exterminar a los
judíos en general es perfectamente legal si, y sólo si, se encuadra en una
discusión puramente histórica, sin negar el sufrimiento de las víctimas
inocentes ni promover odio ninguno, etc.
El repugnante "trepa" Alberto Ruiz-Gallardón
arrimándose al árbol que mejor cobija sus
vulgares ambiciones de dinero y poder.
EL PROBLEMA DEL LENGUAJE DE LOS AÑOS 30
La Ley habla de ‘obras de claro
sentido político antisemita, racista, xenófobo’. Y la realidad es que
muchos libros tienen sentido, no solo los editados por el III Reich sino muchos
otros, que no serán prohibidos aunque sean también claramente xenófobos. El término racista debe asumirse como fomentando la discriminación
por motivos raciales o supremacismo entre razas, etc., no en el sentido nuestro
de ‘Racismo’ como ‘aprecio y fomento de todas las razas y protección de la raza
propia especialmente’. El tema no es que sean no solo xenófobos o
antisemitas, sino que además tengan un sentido ‘político’ puesto que si no
prohibirían una enorme cantidad de libros de la literatura en general. O sea esos libro deben tener un sentido político o ser usados
políticamente.
Pues bien, es evidente que una
buena parte de los textos de los años 30 y en concreto del Nacionalsocialismo
histórico del III Reich son ilegales en estos términos, y lo son por dos
motivos bien distintos:
1- Una serie de libros son
realmente xenófobos y antisemitas, y personalmente
creo que deben ser repudiados y no editados ni distribuidos por los grupos NS.
Aunque creo que deberían ser editados y estar disponibles en bibliotecas o
centros de estudio.
2- Otros muchísimos lo son porque
el lenguaje de la época no preveía la sutileza y precisión de lenguaje que hoy
es necesaria. Y ésos son esenciales a veces para nosotros los NS si no fuera
por el error del lenguaje.
En la mayoría de los libros de
esas épocas se habla de ‘los judíos’ en general, cuando en realidad el texto se
refiere a dirigentes judíos-talmudistas o grupos de poder judaicos, o sea a la
actitud y políticas de dirigentes y grupos judíos pero jamás a todos los judíos
por el mero hecho de serlo. Desgraciadamente el lenguaje está mal, y con ello
se generan dos graves problemas:
1- Es un error y una injusticia
asignar a una raza en general cualquier tipo de delito, actitud, error,
problema o defecto, y también virtudes o excelencia. En toda raza hay de todo. Si en un libro se
habla de la usura judía se comete un error: no todos los judíos, en modo
alguno, los son usureros. Si se dice que el comunismo es judío lo mismo, en
todo caso los dirigentes y organizadores del comunismo eran judíos opero no
todos los judíos son ni han apoyado al comunismo ni son responsable del
comunismo (y lo mismo del capitalismo). Ningún artículo debería incluir nada contra o sobre
‘los judíos’ en general, ídem negros,
ni blancos, pues es una injusticia asignarles a una colectividad global racial
defectos que culpen a todos.
2- Para colmo este error hace ilegal el texto,
cuando su contenido no debiera ser ilegal si se expresara bien.
Lo razonable sería reescribir estos textos de forma
correcta para poder editarlos hoy en día sin problemas, por supuesto explicando
que no es el texto original, y por tanto sin asignar al autor real ese nuevo
texto, o sea no es decente falsificar textos, pero sí exponer sus ideas
correctamente.
Dice la ley "indirectamente", o sea, como el
fiscal, ahora también juez instructor, decida
de forma arbitraria, torticera y politizada.
LAS DOS INFAMIAS DE LA LEY
Si he dicho que la Ley en sentido e interpretación
estricta sería casi buena, hay que explicar ese ‘casi’. Hay dos motivos que
muestran claramente que esta Ley es sionista de cepa, promulgada sólo para
prohibir, si pudieran, a todos los Nacionalsocialistas, y escrita con toda la
mala intención y con pésima coherencia legal.
Primer motivo
Los delitos se comenten solo cuando por:
“Quienes fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al
odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del
mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél, por
motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o
creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia o
raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual, enfermedad o discapacidad.”
Esto se repite en todos los
casos. Pues bien vemos en este redactado dos graves temas:
1.-Por motivos “referentes a la ideología”. Suponemos que cuando se fomente la discriminación a alguien por ser
Nacionalsocialista podremos ir al fiscal para acusar a esa persona que
discrimina. Pero creo que no va a
servir, por tanto esa inclusión de ‘ideología’ no tiene sentido si no podemos
nosotros también usarla en nuestra defensa.
2.- Por motivos “directa o indirectamente al odio”. Por supuesto la Ley no indica cuándo o en qué se
basa uno para aseverar que está fomentando indirectamente el odio u
hostilidad. Por ejemplo un texto de Sabino Arana puede fomentar odio u
hostilidad contra los españoles, la declaración de un separatista catalán hace
poco indicando que le daba asco ser español es fomentar directa o
indirectamente odio u hostilidad contra los españoles, y frases de centralistas
contra los catalanes ídem… Pero me temo que tampoco a la fiscalía le van
a interesar estos temas. No creo que se atrevan a prohibir El Corán, que
fomenta discriminación contra la mujer, ni la Biblia que propone lapidar a los
homosexuales. Y menos el Talmud que dice de todo sobre los ‘gentiles’. En una
palabra, esta ley pretende ser aplicada solo contra los ‘enemigos del sistema’,
no contra los que fomenten odio pero sean amigos o aceptados por el ‘sistema’.
Necesitamos un “odiómetro”, un
aparato que nos diga si algo fomenta indirectamente
odio u hostilidad a alguien. Por supuesto la Ley no quiere precisar de forma
premeditada. Y además no pretende usarse
más que contra los NS.
Estoy convencido de que este trozo
de la Ley debería denunciarse ante el Tribunal Constitucional como ‘indefensión’,
dado que impide saber si se está o no cometiendo delito. El problema es que para llegar al
Constitucional se precisa una condena previa o la actuación del Defensor del
Pueblo (elemento político), sería conveniente encontrar un abogado para instar
al Defensor del Pueblo a ello, aunque no creo que ese elemento ‘defienda al
pueblo’ sino a los intereses de los dirigentes políticos y a la demagogia
barata y popular.
Segundo motivo
La ley indica que la negación y demás solo afecta a
ciertos genocidios, a saber, aquéllos:
“(…) que hubieran sido declarados probados por los Tribunales de
Nüremberg, por la Corte Penal Internacional o por otros Tribunales
Internacionales (…)”
La inclusión de este apartado es ante todo
claramente discriminatorio: establece genocidios de primera y de quinta regional;
de primera sólo los nazis y fascistas como quien dice, con excepción de algunos
africanos y ex yugoslavos. No hay motivo para discriminar porque el delito sólo
existe si además de negarse o poner en duda ‘se fomenta odio’, de manera que
fomentar el odio contra razas o pueblos o religiones negando genocidios ‘no
oficiales’ es legal.
Pero, sobre todo, lo más alucinante es que la ley dé como
‘buenas’ las sentencias del Tribunal Militar
(han omitido deliberadamente este apelativo oficial) Internacional de Nüremberg.
Que no es internacional, ni legal, ni nada de nada. Es más, las normas procesales
del llamado Tribunal de Nuremberg serían hoy en España declaradas ilegales y
contrarias al Derecho Natural. Aquí se toman como ‘sagradas’ las sentencias de
un 'tribunal' cuyas normas son hoy ilegales y delictivas.
Por supuesto, este tema sería anti-constitucional
pero no lo es en realidad porque la duda o crítica o negación de esa pantomima
de criminales aliados en Nüremberg sólo es delito si ‘fomenta el odio’, no si
se critica al tribunal, sus normas y sus sentencias basadas en pruebas falsas, testificales
sin fundamento, perjurios y falta absoluta de periciales; recordemos que dos de
los jueces fueron nombrados por Stalin, entre otras muchas barbaridades
jurídicas. Así que la burla del Tribunal de Nuremberg, sus condiciones
procesales, sus métodos probatorios, sus jueces, etc., es un filón fantástico para burlarse
de esa ley.
Continuad luchando por la verdad.
EL FAVOR QUE HACE LA NUEVA LEY AL
NACIONALSOCIALISMO
Pese a que esa ‘indefensión’ creada por la vaguedad
en la definición de fomento indirecto de odio y la falta de un ‘odiómetro’ nos
crea problemas, en realidad la Ley también tiene aspectos muy positivos para el Nacionalsocialismo actual, en especial dos
temas.
1.- La Ley puede conseguir que las revistas y esfuerzos
Nacionalsocialistas se dediquen más a difundir nuestro socialismo, nuestra
lucha por el Arte y la Ética, nuestra lucha contra las mafias financieras y los
grupos de presión usurarios, nuestra política en defensa de la Naturaleza y el
campesinado, etc. Porque si eliminamos la usura financiera y la decadencia
social haremos polvo de verdad a las fuerzas que aplauden y fuerzan la creación
de estas leyes.
Tales
fuerzas lo que temen no es el revisionismo sino a un Nacionalsocialismo capaz
un día de juzgar y hacer ejecutar como criminales contra la humanidad a los
financieros, a la chusma corrupta, promotores de la deuda y la
decadencia ética. Nuestras revistas y lucha deben dejar de ocuparse
principalmente de temas históricos para fijarse en la lucha contra el enemigo
del mundo, el poder financiero y la corrupción ética que impone esa finanza. Y
no otra es la mejor forma para combatir a los poderes que histéricamente intentan
prohibir la verdad histórica. Por supuesto no debemos dejar de reconocer a los
héroes y los hechos de los años 30 que fueran positivos, pero esa no es nuestra
diana central. No debemos traicionar el pasado ni quedarnos en el pasado, no
debemos ignorar los errores y los crímenes del pasado ni por ello dejar de recordar
y alabar los hechos extraordinarios del pasado.
2.- La Ley puede lograr que el revisionismo
histórico quede para revistas y publicaciones, libros y webs de tema histórico, no vinculadas a una utilización política, sino especializadas y
serias, sin apologías pero a la vez demostrando las verdades
sin más.
Hoy en día se han editado ya cientos de libros con
todas las pruebas del revisionismo, y además hay en Europa y USA miles de textos
con pruebas y más pruebas. Pero son textos históricos profundos, no para el
público en general sino para el estudioso.
El
revisionismo actual ya no tiene mucho sentido en el camino de repetir los datos
y pruebas que ya han sido publicados y no pueden ser rebatidos por el
sionismo. Afortunadamente hay países donde se pueden publicar, como en USA,
Dinamarca, Inglaterra, Rusia… Incluso en Francia, siempre que sea en libros y
revistas que no tengan venta al público, de forma que si aparecen nuevas
pruebas o datos no es problema dejar constancia científica de ello.
En cambio la publicación de datos serios y
estudios profundos para desmontar la mentiras oficiales sobre los hechos
históricos de los años 30 y 40 en revistas nuestras no tiene sentido
‘propagandístico’, puesto que no son masivas ni van a lograr convencer a las
masas de nada, entre otras cosas porque no llegan a las masas, ni las masas se
dejan influir por revistas serias sino por TV, cine, diarios, radio, etc.
Aprovechemos
pues la Ley sionista que nos imponen para lo positivo, para luchar contra la
usura y el capitalismo, la decadencia materialista, el poder del dinero y la
corrupción moral, la destrucción de la Naturaleza, la invasión inmigratoria
ilegal, el odio contra la raza blanca; para difundir nuestras ideas positivas y
necesarias contra el Sistema actual de democracia y poder capitalista o
supuestamente ‘progresista’. Tengamos cuidado pero no un miedo irracional, la
lucha sigue, nunca hemos querido promover odios raciales, sino combatir a auténticos
criminales.
Ramon Bau
La Marca Hispànica