domingo, marzo 04, 2012

Retrato del antifascista en Orwell (8)

El fiscal "antidiscriminación" (¿?) Miguel Ángel Aguilar, fautor impune de gravísimos actos de discriminación por motivos de opinión contra ciudadanos españoles, rezuma por todos sus poros obediencia  fanática, bochornosa e irracional a la ideología más asesina y genocida que la historia humana recuerda: el antifascismo.


Los imputados por el caso Kalki/CEI/ENR fueron perseguidos, procesados y condenados por la Audiencia Provincial de Barcelona el 28 de septiembre de 2009, hasta que el Tribunal Supremo los exoneró de toda culpa en sentencia de 12 de abril de 2011. La acusación del fiscal Aguilar se reveló como un montaje político, de cuyo vergonzante contexto histórico y social, tanto general como local, nos hemos ocupado con cierto detalle en los posts anteriores de esta serie. La operación represiva, típicamente chequista, pretendía encarcelar a cuatro ciudadanos españoles: 1/ por publicaciones de las que no eran autores, ni editores, ni distribuidores, sino, en la mayor parte de los casos, simples propietarios (de un triste ejemplar adquirido en una librería de viejo); 2/ por libros o revistas editados antes del año 1995, de tal suerte que, como podemos constatar con una simple lectura de la sentencia y el cotejo de las fechas de edición, se estaba aplicando la norma penal de forma extemporánea y vulnerando así uno de los principios fundamentales de la jurisprudencia y la doctrina jurídica democráticas, a saber: la irretroactividad de las normas restrictivas de derechos; 3/ por unas obras que no sólo no eran suyas en ningún respecto, sino que cualquiera podía y puede actualmente adquirir de segunda mano en la red, circunstancia que hemos comprobado personalmente en varios casos. Uno de los perjudicados por Aguilar, el dirigente de CEI Ramon Bau Fradera, explica que:

Se me acusaba de varios libros editados en los años 1980 y 1990, antes de la ley de 1995, y además hacía más de 5 años (prescrito el posible delito). No había prueba alguna de que hubiese vendido o distribuido esos libros a partir de 1995. / Pese a decirlo y demostrarlo la Audiencia siguió considerándome culpable de las frases de esos libros, pasando totalmente de la fecha de edición y de pruebas de su venta posterior. / Es inaudito que la sentencia indique libros editados antes de 1995, sin pruebas de que se hayan vendido en los últimos cinco años... y muestra el carácter político y tendencioso de todo el tema (Bau, R., "Un final justo para un proceso kafkiano", "Devenir Europeo", Núm. Especial Verano 2011, p. 7).

No obstante, la pena que el fiscal le reclamaba a Bau era superior a la que le correspondería por asesinato:

La petición de la fiscalía en mi caso fue ni más ni menos de 8 años y medio de prisión y 10 años de inhabilitación para cargo público. / Es curioso porque 8 años es más de lo que piden para un homicidio, estafas importantes, robos con agresión, etc... / Al gitano Farruquito, que mató a una persona conduciendo borracho, sin carnet y huyendo, para luego mentir y tratar de sobornar a la policía una vez lo cogieron, le pedían sólo 3 años... (Bau, R., op. cit., pp. 6-7).

Y por si todavía fuera poco:

Aun más jocoso era el caso CEI. En la acusación no había NI UNA sola frase o cargo contra ninguna de las publicaciones del CEI. Nada de su revista ni libros suyos, ni folletos... pero en cambio la acusaban de 'ilegal' por 'justificar el genocidio y fomentar el odio racial'. Para ello usaron el método más indecente: la sentencia de la Audiencia mezcló el tema de los libros de tal forma que no se sabía a quién se acusaba con cada libro, de forma que las frases de libros que no eran de CEI se ponían como si fueran de CEI (Bau, R., op. cit., p. 7).

Aguilar: "Varela está en prisión porque es donde debe estar". 
El fiscal nunca demostró, y tampoco se molestó en hacerlo la sentencia de la Audiencia, que CEI, Kalki y ENR formaran una organización unitaria, con una estructura jerárquica, una ideología común y unos propósitos compartidos. Simplemente, de forma harto interesada, los "representantes de la ley", jugando con la vida de cuatro familias, lo dieron por supuesto. De tal manera que con unas simples frases sacadas de libros de viejo que nada tenían que ver con ninguna de las tres entidades y que, en el peor de los casos, habrían prescrito como presuntos delitos, bastaba para imputar a quienquiera que la fiscalía y los jueces "antifascistas" consideraran "merecedores" de persecución política.

Quedaron anuladas, empero, en la misma sentencia condenatoria de la Audiencia, las imputaciones relativas a la negación del holocausto, que el Tribunal Constitucional ya había considerado amparadas por la libertad de expresión en sentencia de 7 de noviembre de 2007 sobre el caso Pedro Varela.  Dicha sentencia quitó mucha fuerza a las pretensiones de Aguilar, pero no impidió que se condenara a los acusados por cargos tan delirantes como la difusión de ideas genocidas, el fomento del odio por motivos raciales y religiosos, y la asociación ilícita, de carácter paramilitar.

NI AUTORES, NI EDITORES, NI DISTRIBUIDORES

En el post anterior hemos analizado la naturaleza de las "frases" (en muchos casos realmente detestables) que, todavía hoy, cierta prensa considera "soflamas" presuntamente realizadas por los imputados, como si dichos fragmentos de libros hubieran sido impresos o reproducidos en millares de panfletos y distribuidos entre las masas con el fin de provocar un "holocausto". Ésta es la idea que se sugiere al hablar de soflamas; básase el infundio en las machaconas afirmaciones del fiscal Aguilar (y de la primera sentencia, condenatoria) sobre una presunta incitación al odio. A este pseudo periodismo inclinado al linchamiento convendría  recordarle su deber de informarse sobre la sentencia del Tribunal Supremo, por no hablar de obligación de verificar, con sentido de la objetividad, aquello que la sentencia misma no dice expresamente pero se desprende de la exoneración final y de la ausencia de hechos probados relativos a actos de difusiónque las mencionadas frases no "saltaron fuera" de los libros, que dichos libros no "salieron" de las propiedades o domicilios de los imputados, que tales obras no fueron, subrayémoslo una vez más, ni escritas, ni editadas por los imputados; que se trata de productos comerciales susceptibles de ser adquiridos por cualquier ciudadano interesado, ya sea por motivos ideológicos o de otro jaez, en determinados temas historiográficos. Por ejemplo, el libro La reconstrucción de un Reich, de Hermann Goering, editado en Argentina por la editorial Horse Sense (1988) y cuyas afirmaciones, propias de la Segunda Guerra Mundial por parte de todos los bandos en litigio, fueron utilizadas para difamar a los acusados, se comercializa en la edición de Ed. Nothung (1985) en http://www.todocoleccion.net/. Véase:


No se entiende cómo puede este libro convertirse en prueba de cargo cuando pertenece privadamente a una persona, de una ideología muy concreta y sólo en ese caso, y dejar de serlo justamente en el momento en que sale a la venta en una librería on line. No se entiende cómo se pasa de la propiedad privada de un libro a su proclamación en calidad de soflama. Y de la vaporización de ese carácter delictivo simultáneamente a su comercialización y distribución. Si el motivo de esta doble vara de medir es la doctrina política del propietario, entonces estamos ante un caso de discriminación que atenta contra los principios constitucionales vigentes. !Nada dice al respecto la sentencia condenatoria cuando sostiene que dichas frases carecían del poder de instigar al genocidio! !Pues claro! La razón es que jamás fueron soflamas, ni consignas, ni eslóganes, sino simples lecturas. La fiscalización de Aguilar omite en todo momento estos incómodos detalles inherentes a una demostración racional, es decir, a una argumentación capaz de fundamentar los extremos más relevantes de la imputación penal en sí misma: la instigación a la violencia racial. De acuerdo con el tipo totalitario de fiscal que este señor, don M. A. Aguilar García, encarna, si usted, amable lector, dispone de un ejemplar de Mi lucha, de Adolf Hitler, esto significa que instiga usted al genocidio de los judíos... Semejante esquema de "razonamiento", propio del doblepensar orwelliano, se repite en el sumario del caso Kalki/CEI/ENR con decenas de libros y publicaciones, en un extenso escrito de acusación repleto de citas de obras que, en la risible pero peligrosa inepcia jurídica (o mala fe) de la Audiencia Provincial de Barcelona, incluyen, como subrayará no sin cierta ironía la sentencia del Supremo, la Execración de los judíos de Francisco de Quevedo.

Esta magnífica obra de Norberto Ceresole
se podía adquirir por las mismas fechas 
en la Casa del Libro de Barcelona.

La acusación de Aguilar se basa en la reiteración de decenas casos similares, con las excepciones de uno de cuyos ejemplos nos ocuparemos ahora. En efecto, veremos que las frases más escandalosas falsamente atribuidas a los imputados servían, de forma fraudulenta, como "pinzas" mediáticas de las que colgar una imputación nutrida en realidad por un grueso de críticas al judaísmo, el sionismo y el Estado de Israel. Es el caso del libro de Norberto Ceresole, El nacional judaísmo. Un mesianismo pos-sionista, editado en 1997 por Libertarias-Prodhufi (una casa que nada tiene que ver con los imputados y pertenece al ámbito político de la izquierda más convencional), también fue causa de imputación. El motivo: uno de los acusados disponía de un volumen y, siguiendo una vergonzante estrategia acusatoria que se repetirá en el resto de los casos, algunas de las polémicas afirmaciones de Norberto Ceresole se les adjudicaban a todos los imputados como propias y difundidas, además -sin explicar nunca dónde, cómo y cuándo- en términos de instigación al odio racial. Sin embargo, la obra de marras era vendida en la Casa del Libro por las mismas fechas en que el fiscal Aguilar acusaba a los imputados de poseer un ejemplar (siendo así que esta posesión era lo único que la Audiencia podía demostrar).

Reflexionemos un momento: que todo esto haya podido suceder en Barcelona en los años 2003-2011 debería alarmar profundamente a la ciudadanía; no porque los acusados, "peligrosos neonazis", hayan sido finalmente exonerados por el TS, como pretenden las hordas de "demócratas" antifascistas que protestan por la exculpación final, sino por el simple hecho de que un día, en una presunta democracia y como consecuencia de una instrucción totalitaria propia de un Estado policial, cuatro ciudadanos de ideología X, y justamente por una cuestión de opinión, terminaran esposados en una comisaría y luego procesados y condenados por unos magistrados, todo ello debido a que -uno de ellos- era propietario de una obra de Ediciones Libertarias susceptible de ser adquirida en la Casa del Libro. !No podemos quedarnos de brazos cruzados después de semejante abuso! Estamos, como dice James Petras, ante el sionismo, el estalinismo del siglo XXI; una nueva versión, occidental esta vez, del antifascismo más antidemocrático.

Veamos algunas de las frases que, en el caso de la obra de Ceresole, el fiscal "contra el odio" incluye en el sumario nada menos que como piezas de convicción de una delirante acusación de genocidio:

1.-El hecho es que en el mundo occidental ya es imposible realizar cualquier crítica política al Estado de Israel o al judaísmo en general. En estas cuestiones toda crítica se transforma en blasfemia, y el crítico es, sencillamente, estigmatizado y demonizado.

2.-¿Cómo decir, por ejemplo, que ese Estado ha cometido y comete acciones criminales? De hecho ya no estamos hablando de sionistas sino de judíos, los hermanos mayores del monoteísmo del mundo antiguo.

3.-Israel sigue siendo un Estado criminal, cualquiera sea la ideología con que se recubra, pertenezca ésta al reino terrestre o al reino de lo celeste. Un Estado criminal desde su misma fundación sionista - es decir, laica, racionalista y “civilizadora” – en un territorio usurpado y ocupado a sangre y a fuego.

4.-Si esto es cierto, por lo tanto, en la versión nacionalista del judaísmo, un núcleo irreversible de perversidad (o, si se quiere, de salvajismo, continuando con la lectura sin interpretaciones del Antiguo Testamento) que es lo que origina las sucesivas etapas doctrinarias en su evolución terrestre. Esa perversidad, esa “abominación” que produce “desolación", es la que provoca los sucesivos choques de la comunidad judía contra el resto del mundo en los últimos 32 siglos (...).

5.-Los sectores judíos que pueden ser definidos como fundamentalistas no sólo conspiraban y conspiran contra la concepción original del “Plan de Paz” (“paz por territorios”): están estructurando una fuerza –ideológica y física – a escala internacional, con el objeto de desatar una guerra “definitiva”, una guerra de exterminio que tendrá por escenario principal el Oriente Medio y “zonas contiguas” del Asia Central. Esa “guerra definitiva”, es una solución final para exterminar a la población palestina y árabe del Eretz Israel.

6.-(...) todos los documentos existentes hasta el día de hoy demuestran con claridad que el objetivo del nacional-socialismo era excluir a la población judía del Tercer Reich, y no exterminar a esa población, como sostiene la Teoría del Holocausto, el Mito de los “seis millones"(...).

7.-(...) la “Teoría del holocausto” se constituyó en el gran elemento mítico e ideológico justificativo no sólo de la creación del Estado de Israel; sobre todo propició –muy enfáticamente- la “necesariedad” de los crímenes continuos, sistemáticos y progresivos cometidos por ese Estado, contra Palestina, Líbano y el mundo árabe-musulmán en general.

8.-Ahora ese “Estado Divino”, habitado por un “Pueblo elegido”, planea y ejecuta una guerra de destrucción y de exterminio, un verdadero –ahora sí- Holocausto contra los pueblos musulmanes (...).

Aguilar: "auténticos sinvergüenzas",  conferencia en Terrassa,
28 de junio de 2011 (=injurias con publicidad).
9.-Los judíos han estado ligados en forma innegable a la mayor operación criminal jamás emprendida contra toda una raza: el holocausto de los negros de África (y habría que agregar, de los indígenas en la América bajo control de la corona de España). Han participado en la captura y en la exportación forzada de millones de ciudadanos del África negra a una vida de servidumbre inhumana y degradante, y esto para el beneficio financiero de los judíos.

10.-La masacre de Qana es un “crimen contra la humanidad”, ordenado, por motivos meramente electorales, por los más altos dirigentes del Estado de Israel y ejecutado con alegría por la jerarquía militar.

11.-Roger Garaudy, entre otros grandes aportes, no deja lugar a dudas sobre la naturaleza mítica de la ideología construida por el judaísmo de pos-guerra, entre otros el mito de Nüremberg y el mito del Holocausto.

12.-A partir de allí la política interior de Israel se sustenta cada vez más sólidamente en principios racistas, como el presupuesto de la pureza de la sangre aplicado recientemente sobre judíos negros de origen etíope.

13.-Consiguientemente el Estado “de derecho” de Israel deviene rápidamente en Terrorismo de Estado, hacia el exterior a través de agresiones a Estados vecinos (Líbano), y hacia el interior al haber sido autorizada la tortura por la Corte suprema de Justicia de Jerusalén.

14.-En este punto la lógica se impuso: esa guerra no se podía desarrollar sin el apoyo de la Alemania Nacionalsocialista.

15.-Esta cuestión nos vuelve a introducir en el “mito del antifascismo sionista”, que pretende ocultar que los grupos dirigentes sionistas alemanes mantuvieron una permanente negociación y una “política de compromiso y de colaboración con Hitler”. Esas negociaciones de los dirigentes sionistas no se limitan a alemanes sino que implicaban también a polacos y otras nacionalidades, que para desarrollar esas negociaciones, conformaron los “Consejos Judíos”.

¿Objetos prohibidos? Pensamiento mágico.
16.-El objetivo de esas negociaciones era desarrollar la salida de los judíos de la Mitteleuropa hacia Palestina, política que era muy bien vista no sólo por Hitler sino también por la totalidad de la dirigencia nacional-socialista, incluidos Himmler y Heydrich. “Una minoría fuertemente organizada de los dirigentes sionistas tenía la preocupación única de crear un Estado judío potente.”

17.-El mito del “holocausto” corre por cuenta de los ideólogos asociados a los fundadores del Estado de Israel.

18.-En el film que fue proyectado en Nüremberg ante el tribunal y los acusados la única cámara de gas que aparece es la de Dachau. El 28 de Agosto de 1960, M. Broszat en representación del Instituto de Historia Contemporánea de Munich, de obediencia sionista, escribe en Die Zeit: “La cámara de gas de Dachau nunca fue terminada, y por lo tanto jamás llego a funcionar’. Desde el verano de 1973 una pancarta sobre las duchas del campo de Dachau explica: “esta cámara de gas, camuflada en la sala de duchas, no ha sido nunca puesta en servicio (...) La de Dachau fue la única cámara de gas, que fue presentada en los juicios de Nüremberg como prueba de la exterminación masiva...”

Ramallah, un muro mental, también.
19.-La actual política de Israel es continuación, metodológicamente hablando, de la alianza que el sionismo pactó con Hitler, para eliminar a los desechos del judaísmo europeo (...).

20.-"El ejército de Israel , instrumento de la agresión imperialista", publicado en 1977 por "Estrella Roja", órgano del ejército soviético, quien define al ejército judío como una masa de “criminales”, de drogados y de asesinos.


21.-El gran interrogante es definir hasta qué punto el fundamentalismo judío tiene su otra cara en el terrorismo del fundamentalismo calvinista/protestante norteamericano. Si ello fuese así podría ser coherente la hipótesis de un repliegue estratégico norteamericano con la eclosión de una guerra nuclear “intercivilizaciones” iniciada por una Tel Aviv gobernada por una alianza entre el Likud y los fundamentalistas religiosos.

22.-El gobierno de Israel y la dirigencia judía en la Argentina han optado por la maniobra de incrementar la acción psicológica contra la sociedad argentina en general, señalándola -a lo largo de toda la prensa internacional- como estructuralmente antisemita.

23.-Son en verdad grandes destacamentos de avanzada de una guerra global al servicio de la supervivencia de un Estado nacional con pretensiones universales: el Estado Judío.

24.-Así las comunidades judías juegan un papel militar y paramilitar de primera magnitud en todos y cada uno de los combates entablados por el Estado judío contra sus enemigos regionales (...).

25.-Para darle continuidad a un “Plan de Paz” que nació muerto se necesitará una dosis muy alta de violencia política. En este contexto, naturalmente, sería lógico prever no sólo un tercero sino una serie de atentados terroristas en las “zona de frontera” que separan al fundamentalismo del laborismo “globalizante” judío.

Indignidad antidemocrática
de la Audiencia de Barcelona.
Compárense los fragmentos citados arriba con los de Sabino Arana, transcritos en el post anterior, interprétense éstos en el contexto del terrorismo de ETA y de la limpieza étnica del País Vasco que hemos venido sufriendo los españoles durante décadas (con el aplauso de ese mismo catalanismo racista y pro-Sabino Arana para el cual el fiscal Aguilar trabaja, lo sepa o no, con abyecto tesón). Recordemos que en Barcelona, la ciutat de la pau, existe una calle de Sabino Arana y "disfrutamos" aquí de toda una trama nacionalista Catalunya-Euskal Herría basada en la defensa de la "violencia revolucionaria" y el odio étnico a lo español. En las escuelas de Cataluña, por ejemplo, se enseña al poeta Salvat-Papasseit, quien escribió (1923):

Pel que respecta a l'odi, em cal dir-vos això: no sospiréssiu pas la nostra llibertat sense passar per l'odi. Mentre no els odiem no els podrem vèncer mai! Cal, doncs, propulsar l'odi contra Espanya o deixar d'existir. Perquè no existeix l'odi aquesta gent honesta d'Estat Català no compleix el que diu. I és que ells també s'esperen -encara que no ho diguin- que ens vidrà per si sol.

Que las afirmaciones de Ceresole hayan podido ser utilizadas como pruebas de cargo por la simple posesión de un ejemplar del libro, a la venta en cualquier librería de Cataluña, las convalida. Es decir, la lamentable actuación del fiscal y de los magistrados locales tiene el efecto de verificar buena parte de aquéllo que Ceresole ha propugnado. Y constituye un motivo de alarma cívica, insistamos en este importante extremo una vez más, el simple hecho de que las pretensiones de Ceresole puedan ser ciertas (pues lo son ya en muchos casos y vienen avaladas incluso por autores judíos a los que hemos citado con profusión en este blog: Norman Finkelstein, Illan Pappé, Lenni Brenner, Israel Shahak, John Sack, Zygmut Bauman...); que lo sean, sobre todo, en materia de represión de las opiniones, de una persecución policial y judicial basada en la posesión de libros, en el intercambio de ideas, en la identificación con determinadas doctrinas políticas o filosóficas. Singularmente, la primera frase citada, donde refiere Ceresole la demonización a la que son sometidos de forma automática los críticos del Estado de Israel, del judaísmo o del sionismo, a quienes se acusa de antisemitismo, siendo éste un tipo penal que cualquier fiscalía puede utilizar para amordazar la libertad de expresión y encarcelar a los críticos del racismo, el supremacismo y el imperialismo sionistas, nos devuelve al terreno de la ideología antifascista y de la formulación orwelliana del doblepensar como articulación del discurso y la praxis criminal de la oligarquía "oceánica".

OTROS TRUCOS DE AGUILAR

Otro de los "trucos" utilizados por Aguilar para imputar a los "fascistas" de acuerdo con el más genuino estilo de un Vichinsky, fue la manipulación de las pruebas. Ramón Bau habla literalmente de "falsificación" cuando se atribuyen al imputado unas declaraciones del primer ministro de Malasia publicadas por "La Vanguardia". Así, en el redactado de la sentencia de la Audiencia, leemos lo siguiente:

Página número 15 de la línea 18 a la línea 24 ambas incluidas: "Hoy en día los judíos mandan en el mundo a través de otros. Hacen que otros luchen por ellos".

Aguilar pretende que esta es una afirmación hecha por Bau. Pero el contexto, que el inquisidor se ha cuidado de suprimir (de él no queda ni rastro en el sumario) sería, según Bau, muy distinto:

Es jocoso, pero si se lee el artículo mío lo que dice es: "De repente, en una pequeña noticia, salta el horror: "Los judíos controlan el mundo a través de otros". Esta incorrección total se dice ni más ni menos en la inauguración de la reunión de países musulmanes en Malasia en la nueva capital Putrajaya, cerca de la antigua capital Kuala Lumpur. Apenas pronunciadas estas palabras fueron condenadas por la UE. / El portavoz, primer ministro de Malasia, Mahathir Mohamad, animó a todos los musulmanes en la lucha contra los judíos que según él (y muchos otros) controlan el mundo. Mohamad les dijo que la lucha es contra una gente que conspira. "Hoy en día los judíos mandan en el mundo a través de otros. Hacen que otros luchen por ellos". / El fiscal FALSIFICÓ de forma infame esta frase... el texto que se reproduce es, y lo dice, del PRIMER MINISTRO DE MALASIA Mahathir Mohamad, y salió publicado en La Vanguardia... y en media prensa de todo el mundo (¿podrían pues procesarse a algunos diarios por reproducirla?)... y en modo alguno se presenta como expresión nuestra, sino que sólo se indica que estas declaraciones 'han hecho saltar el horror' y no se han dejado debatir (Bau, R., op. cit., p. 6).

Otro ejemplo: utilízase la frase "Judas era un utilista, Cristo no" como prueba de cargo. El utilitarismo se convierte en una injuria atribuida a los judíos, pero el doblepensar de Aguilar, para poder incluirla en el sumario, debe realizar previamente las siguientes operaciones de manipulación: 1/ olvidar que se  habla de Judas Iscariote, no de los judíos, siendo así que Cristo es también judío; 2/ olvidar que el utilitarismo representa una corriente filosófica ampliamente reivindicada en el mundo occidental. Siempre puede quedar la duda de que, en el sentir del autor, ese utilismo tiene un sentido crítico, pero de la crítica a la injuria hay un trecho y, en cualquier caso, in dubio pro reo. Haría falta suprimir de un plumazo la entera tradición del garantismo penal, fundamento de la democracia europea, para interpretar ad pesimam partem cualquier cosa escrita por un adversario político a fin de poder encarcelarlo (que no otro era el humanitario objetivo de Aguilar con Ramon Bau y el resto de los acusados). Ése es el camino seguido por Aguilar y, lo que es peor, por la Audiencia Provincial de Barcelona, claro indicio que estamos ante un juicio político dominado por la ideología antifascista, un constructo doctrinal abominable de carácter genocida que, no obstante, sigue latiendo en el corazón del dispositivo institucional de dominación pública europeo-occidental surgido en la posguerra.

Más "trucos" utilizados por Aguilar y aquí me remito a las declaraciones de Ramon Bau en "Devenir Europeo":

La policía catalana al servicio EXCLUSIVO DE LA FISCALÍA: Otra muestra del proceso político que se realizó en Cataluña es que según la ley la policía no forma parte de la fiscalía, sino de "la justicia". Cuando la policía investiga un delito, con todo el material recogido en la casa o en los lugares donde ha confiscado cosas, debe informar TANTO de las cosas que pueden ser acusadoras como de las que pueden ser favorables al detenido. / Pues bien, en el informe de la policía de cientos de hojas sobre los miles de documentos y objetos encontrados en la casa de los 4 acusados, no hubo NI UNA sola mención a algo favorable a los detenidos... y eso que en el caso de CEI habían docenas de frases de nuestras revistas condenando genocidios, aclarando en Actas oficiales que La Orden sólo se debía ocupar de temas religiosos y esotéricos, que rechazábamos la violencia, que no atacábamos al pueblo judío en general sino a dirigentes sionistas, grupos de presión, etc... / Ni una sola mención a nada de ello, frente a miles de frases absurdas y en modo alguno 'de posible culpa' que sí eran reflejadas. Algunas absurdas totalmente como acusarnos de decir que 'Judas es el prototipo de traidor' (Judas Iscariote)... La policía catalana autonómica al mando de un comunista (Saura) se mostró como parte de la fiscalía y de la acusación, incumpliendo su mandato legal imparcial (Bau, R., op. cit., pp. 7-8).

"!Pueblo al fusil!", canciones históricas
NS, a la venta en www.todocoleccion.net,
también se presentó como prueba de cargo.

No pudo compartir la observación sobre Saura porque la Operación Reich fue gestada y desencadenada bajo el mandato de CiU, un partido tan de derechas como el mismo PP de Aznar que aprobó las leyes represivas del "antifascismo" judicial actual. Acusar al comunismo de Saura, me parece, en este punto, errar el tiro. Saura ni siquiera es ya comunista y, al menos, intentó erradicar las torturas dentro del cuerpo policial catalán instalando cámaras y persiguiendo a los maltratadores de manera rigurosa. Fue la versión policial del conseller Vallès en Justícia, el único cargo del sistema penitenciario al que puedo respetar políticamente en materia de derechos humanos. Saura no ideó la Operación Reich, cabalgó sobre ella, y lo hizo a gusto, seguramente, pero si somos coherentes con todo lo que sabemos de este montaje, no procede del comunismo residual y edulcorado que pueda quedar todavía en Cataluña, sino de mucho más arriba, de la oligarquía local, más bien católica y conservadora, enchufada al dispositivo sionista internacional y que cubre transversalmente la bipolaridad derechas/izquierdas con una "izquierda" "socialista" que, como sabemos, va a misa y es consciente de su judeocristianismo sistémico. Si tiene algún problema ese dispositivo es a medida que profundiza un tanto en la izquierda: Saura se negó, como sabemos y hemos indicado ya, a celebrar el día del Holocausto cuando el evento del 27 de enero coincidió con la Operación Plomo Fundido en Gaza. Recordemos que el PP le acusó de nazi. Este dato y cuestiones de fechas que son palmarias, entre otras a tener en cuenta, me impiden atribuirle a él, o sea a Saura, al menos en calidad de comunista -o comunistoide-, la Operación Reich.

Pero no cabe la menor duda de que la justicia, en los sistemas liberales, se basa en el principio de mutua contestación y contrastación de las partes, la acusadora y la defensa, sobre la base de unas pruebas objetivas que, por definición, no pueden ser mediatizadas por los intereses de una de dichas partes. Pues bien, determinar esos "elementos de realidad" que operan como fundamento del razonamiento jurídico normativo es trabajo de la policía y, por lo tanto, la institución policial no puede estar al servicio de la acusación -o de la defensa- sin pervertir de manera grave la democraticidad de todo el proceso. Sin embargo, sabemos que, en este caso, los Mossos d'Esquadra omitieron registrar pruebas no anecdóticas que hubieran funcionado como virtuales piezas de convicción de la defensa. La policía autonómica trabajó, según Bau, de manera descarada, como mero órgano de la fiscalía, y si realmente ignoró todos -sin excepción- los documentos internos del CEI en que esta asociación adoptaba posturas inequívocas respecto de ciertos temas que tenían valor exculpatorio frente a la persecución de Aguilar, entonces, una vez más, nos encontramos ante un dato que avala nuestra postura razonada de un presunto montaje político en el caso Kalki/CEI/ENR.

Aguilar acusó también al CEI y, en concreto, a La Orden, de formar una organización paramilitar y los imputados fueron condenados por asociación ilícita. Ya sabemos -se comentó en una entrada anterior de esta serie- que, fuera de Cataluña, ninguna institución hizo caso de las peticiones de Aguilar y que sólo se produjeron detenciones por este motivo en dicha comunidad autónoma. De hecho, para que el montaje fuera creíble los policías tenían que encontrar armas, pero sólo encontraron la espada que, como ex militar, Ramon Bau poseía legalmente en su domicilio particular. En realidad, un indicio de que ni siquiera el fiscal se tomaba en serio su propia acusación, o lo hacía sólo en los términos del doblepensar, es que se mantuvo en sus trece a pesar de que nada confirmaba esa pretensión y de que ni siquiera se hicieron seguimientos para descubrir la posible preparación de acciones violentas:

La detención del CEI se basa, en el escrito de acusación, en que era peligrosa y posiblemente armada. Por supuesto no encontraron ni una miserable arma, con gran desespero de la policía. En mi casa la histeria por encontrar armas era tal que casi se llevan mi espada de Oficial del Ejército, cosa que evité amenazándoles con ponerles una denuncia en el Ministerio del Ejército. / Por supuesto esa presunción de peligrosidad y armas no tenía base alguna, en toda la acusación no se presentó ni un solo seguimiento, prueba o indicio de que tuviéramos armas o que hiciéramos algo violento o preparación para lo violento. Era pues sólo la excusa para la detención. (...) Pero lo más kafkiano es que en cambio NO habían efectuado ningún seguimiento de los miembros del CEI pese a lo cual la policía nos acusaba ya en el acta de detención a CEI de 'peligroso posiblemente armado'. Es evidente que si hubieran creído de verdad que éramos una asociación peligrosa y arma hubieran efectuado un seguimiento para conocer dónde podían estar esas armas y confirmar la peligrosidad. (...) / En este tema es jocoso que cuando la policía me dijo que me iban a registrar de una casita que tengo en el Pirineo, me recordaron, con sorna, que allí sí iban a encontrar armas, seguramente de caza, pero quedaron decepcionados cuando les dije que jamás cazaría a un pobre animal, y que desde luego no tenía armas de caza (Bau, R., op. cit., pp. 5, 8).

Ésta es una de las características del antifascismo policial chequista. Según acredita Alexandr Solzhenitsyn, bajo el bolchevismo se realizaban detenciones con el simple objeto de cumplimentar una estadística policial. Las personas eran culpables por ser "fascistas", pero fascista, más o menos como ahora (recordemos que Saura fue difamado como "nazi"), podía serlo cualquiera que el juez instructor soviético considerara oportuno para los fines del Estado. El aparato represivo "producía" detenciones igual que una fábrica de calzado producía zapatos. Tenía que justificar su existencia. La fiscalía del odio catalana, especialmente diseñada a efectos de implementar procesalmente unos determinados artículos del código penal, parece haber actuado en sospechosa analogía con el modelo antifascista.

A menudo, los órganos de la Seguridad del Estado no tenían grandes fundamentos para elegir a quién había que detener y a quién dejar en paz. Se orientaban por una cifra de detenciones prevista (Solzhenitsyn, A., Archipiélago Gulag, I, Barcelona, 2005, p. 32).

Evidentemente, esto implicaba una mala fe consciente del instructor y el funcionamiento a pleno rendimiento del doblepensar. En el caso que nos ocupa, Aguilar sabía muy bien a quién tenía que detener, pero la mala fe era la misma, como queda acreditado por todo el proceso en sí, pero singularmente por la imputación de asociación paramilitar, la cual ni siquiera es investigada en serio. Pero también por otras actuaciones. Por ejemplo, en el momento en que se procede a recurrir la condena al Tribunal Supremo, el propio Aguilar retira de motu proprio una de las acusaciones,  a saber, la de fomento del odio por motivos raciales o religioso, la cual, pese a las protestas de la defensa, había mantenido hasta entonces a sabiendas de que Madrid no le arroparía con la complicidad política de que había disfrutado en Cataluña. En suma, que los acusados habían sido condenados por ese delito a pesar de que el fiscal sabía que la imputación carecía de todo fundamento:

Pero ante nuestro asombro, en el Recurso al Supremo el MISMO fiscal que había apoyado estos delitos, indicó que el segundo no era aplicable y debía ser retirado, por los mismos motivos que ya había nuestra defensa indicado en el juicio de la Audiencia. / ¿Por qué no lo hizo antes?... sin duda sabía que el Supremo iba a tirar por tierra este tema y no quería quedar como un mal profesional. En la Audiencia supuso que la politización de algunos jueces apoyaría una barbaridad jurídica, pero no en el Supremo. / Esta es otra muestra del plan de 'juzgar entre fieles al sistema' en vez de con criterios jurídicos (Bau, R., op. cit., p. 7).

Lo que no dice Bau es que estaríamos en el límite de un presunto delito de prevaricación, puesto que si ya sabía Aguilar que la segunda imputación no se sostenía jurídicamente, ¿por qué la incluyó en su escrito de acusación y alegato final? Sólo el antifascismo de la fiscalía, su absoluta falta de imparcialidad y objetividad totalmente anti-constitucionales en perjuicio de una determinada ideología, explica tales actuaciones propias de un juez instructor soviético. Pero el bochorno se hace extensivo a los magistrados de la Audiencia. Como sabemos, el juez actúa en función del principio acusatorio, no puede "perseguir el delito", sino sólo castigarlo una vez denunciado de oficio o a instancia de parte, pero sí debe razonar la validez de la acusación a la hora de resolver. La pregunta es: si el propio acusador, o sea, el fiscal, era consciente de que la imputación por el segundo delito carecía de fundamento, ¿cómo justificaron la condena? Respuesta: de ninguna manera, como el resto de las acusaciones, puramente arbitrarias y ayunas de toda base argumental o probatoria sólida. Que un tribunal del rango de una audiencia incurra en semejante esperpento no es cosa baladí y cuestiona los pilares mismos del sistema democrático. A mi entender, todos esos personajes deberían ser expedientados y expulsados de la carrera. Por supuesto, esto no sucederá, porque tanto el Consejo General del Poder Judicial, encargado de imponer disciplina entre los jueces, como la Fiscalía General del Estado, son órganos nombrados por los partidos políticos del sistema y estamos, precisamente, ante un juicio político donde las instancias judiciales, con la excusa de que se trataba de "fascistas", han actuado dócilmente al servicio de sus amos políticos bien conscientes de lo que se esperaba de ellos y de que sus fututos ascensos en calidad de hombres de confianza del régimen dependían de su manifiesta y lacayuna lealtad al sistema oligárquico.

Jaume Farrerons
La Marca Hispànica
5 de marzo de 2012

Si te interesa, sigue aquí:

http://nacional-revolucionario.blogspot.com.es/2012/03/retrato-del-antifascista-en-orwell-9.html


AVISO LEGAL

http://nacional-revolucionario.blogspot.com.es/2013/11/aviso-legal-20-xi-2013.html

 

4 comentarios:

Anónimo dijo...

Es muy fuerte todo esto. Vaya deomcrácia que tenemos. Gracias por explicarlo tan detalladamente.

Anónimo dijo...

De democracia nada, sólo hay dictadura de mercado y dictadura ideológica.

Anónimo dijo...

De democracia nada, sólo hay dictadura de mercado e ideológica.

ENSPO dijo...

Creo que los hechos son gravísimos. Pero si en el sector social-patriótico no se analizan a fondo, nadie lo hará por nosotros. Hay que conocer a fondo al menos dos o tres sentencias, eso puede ahorrar muchos problemas. También me parece vergonzoso lo que explican algunos de los acusados de que mucha gente que se consideraba NS desapareció del mapa cuando empezaron las bofetadas y no se ha sabido más de ellos. Realmente, este modo de actuar cuando se están defendiendo "valores heroicos" convierte todo nuestro discurso en basura. Es como el lider que defiende la familia pero tiene mujer, hijos, 2 amantes fijas y encima se va de putas. Pero todavía tiene la indecencia de descalificar a quienes le hagan la más mínima crítica política como si de un ataque personal se tratara.

!!!Viva la coherencia!!!